La administración emanada del partido Movimiento Ciudadano, a través de la Dirección de Comunicación Social hace promoción del arranque de una obra
El gobierno municipal de Puerto Vallarta, a través de las direcciones de Obras Públicas y Comunicación Social, está violentado el Artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al hacer promoción del arranque de la obra de rehabilitación en la avenida Las Torres.
A través de sus redes sociales, el gobierno de la ciudad dio a conocer que este miércoles 06 de junio la Dirección de Obras Públicas Municipales inició los trabajos de rehabilitación en la avenida Las Torres.
Pese a que al final de la publicación se hace mención de “circular con precaución o tomar una vía alterna”, ésta se acompaña de seis fotografías de la obra en mención, por lo cual no sería únicamente un anuncio vial, de tal forma que el anuncio viola la ley electoral.
Y es que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su Artículo 209 señala indica las restricciones que los tres órdenes de gobiernos (municipal, estatal y federal) deben suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.
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Indica también que, como únicas excepciones, están la difusión de temas relativos a los servicios educativos, salud y las relativas a emergencias en materia de protección civil.
Es preciso señalar que la promoción del municipio no ha respetado la veda electoral, toda vez que la Dirección de Comunicación Social ha mantenido el constante envío de boletines a los medios de comunicación, promocionando las actividades gubernamentales.
LA LEY DICE:
Artículo 209.
Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.