Entre otras cosas se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación para proponer los lineamientos que deberán seguir los partidos políticos
En sesión del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado (IEPC) fueron aprobados cambios a su reglamento interno para incluir el proceso de análisis de las quejas generadas por actos de violencia política contra mujeres.
Entre otras cosas se dieron atribuciones a la Comisión de Igualdad de Género y no Discriminación para proponer los lineamientos que los partidos políticos deben seguir para prevenir y atender posibles casos de violencia política contra mujeres por razón de género. Además, se facultó a la Comisión de Quejas para encargarse del procedimiento sancionador por este tipo de conductas.
La consejera electoral Brenda Serafín Morfín, explicó que el nuevo reglamento regula el trámite y sustanciación del procedimiento sancionador para los casos de violencia política. Destacó que se incorporan elementos como una oficialía de partes virtual, notificación electrónica, audiencias virtuales, medidas cautelares y de protección; entre otras.
“La modificación al reglamento resulta muy importante pues con ellos se cuenta con los mecanismos y el marco legal adecuado para combatir, prevenir y erradicar la violencia política en contra de las mujeres considerando además el contexto de pandemia en el que vivimos”, expuso.
La legislación electoral define a la violencia política contra las mujeres como cualquier acción u omisión basada en elementos de género que tenga por objeto limitar, anular o menoscabar el ejercicio de los derechos políticos y electorales de una mujer.
Las multas por incurrir en esas conductas alcanzan hasta los 8.6 millones de pesos; a los partidos políticos se les puede cancelar el financiamiento o registro. Quien haya sido sentenciado por incurrir en este tipo de conductas no podrá ser registrado como candidato a un cargo público.