El Senado de la República aprobó una reforma al Artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer que los funcionarios públicos de organismos descentralizados y empresas públicas no podrán recibir pensiones que superen la mitad del salario de la titular del Poder Ejecutivo Federal.
El dictamen fue avalado por unanimidad en lo general con 116 votos a favor, mientras que en lo particular obtuvo 109 votos a favor y seis abstenciones. Tras su aprobación, el proyecto fue turnado a la Cámara de Diputados de México para continuar con su proceso legislativo.
La reforma establece que este límite aplicará a funcionarios de organismos descentralizados, sociedades nacionales de crédito, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos del gobierno federal. Asimismo, la medida también se extenderá a entidades paraestatales de los gobiernos estatales y municipales.
El proyecto también señala que ningún contrato laboral o instrumento jurídico podrá establecer pensiones superiores al límite fijado, con el objetivo de evitar beneficios que superen lo permitido por la Constitución. No obstante, la reforma contempla algunas excepciones. Quedarán fuera de esta limitación las pensiones de las Fuerzas Armadas, así como las jubilaciones que se generen a partir de aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro, aportaciones sindicales en esquemas complementarios o las pensiones no contributivas.
Además, una disposición transitoria establece que las pensiones que actualmente superen ese límite deberán ajustarse una vez que la reforma entre en vigor, incluso aquellas que ya se encuentren vigentes.
El documento también instruye a los entes públicos a revisar y modificar contratos, condiciones generales de trabajo y otros instrumentos legales que contemplen planes de jubilación o pensión, para que se alineen con lo establecido en la reforma constitucional.