De acuerdo a los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación, los cuerpos deben ser enterrados o cremados en menos de 8 horas.
Las personas que mueran por COVID-19 en la Entidad podrán ser veladas máximo cuatro horas. Así lo establecen los lineamientos para el manejo de cadáveres (confirmados o sospechosos) por esa enfermedad, publicados en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco.
Los cuerpos deberán ser inhumados o cremados en ocho horas o menos a partir de la declaratoria de muerte, razón por la cual se recomienda que no sean velados o, en su defecto, que los funerales no duren más de cuatro horas para poder completar el protocolo dentro del tiempo permitido.
Los restos no podrán ser sometidos a ninguna técnica de conservación o mejora física y sólo podrán ser manipulados por el personal que se designe en hospitales y funerarias.
Los médicos forenses que practiquen autopsias a personas fallecidas por coronavirus COVID-19 deberán estar atentos ante cualquier síntoma respiratorio dentro de los 14 días posteriores a realizarlas.
Si una persona que muere por el virus no es reclamada en el hospital, en el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF) tendrá ocho horas para ser reconocida. Si no ocurre así, el Instituto deberá inhumarlo en un área especial.