El presidente López Obrador presentó la iniciativa de reforma al Poder Judicial, en la cual propone que se elijan a jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación (PJF) a través de la elección popular.
Asimismo, busca eliminar el poder que tiene para otorgar suspensiones de normas generales a través de controversias constitucionales.
Lo que se busca es incorporar en la Constitución mexicana ciertos mecanismos democráticos que permitan a la ciudadanía participar en la elección de los integrantes del Poder Judicial, para que…
“Representen las diferentes visiones que conforman la sociedad mexicana, logrando así que el acceso a una justicia pronta, expedita e imparcial sea una realidad y no un principio escrito”.
Esta reforma pretende…
“Romper con la inercia de los acuerdos cupulares, donde las y los ministros, magistrados y jueces, no eran responsables de la ciudadanía sino ante quienes los propusieron en el cargo, orientando sus decisiones a la protección y defensa de intereses personales y de grupos de intereses fácticos”.
Reducción de ministros
Otro punto es la reducción del número de integrantes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): de 11 a 9 ministros.
También se busca que el cargo dure solo 12 años y no 15, mientras que jueces y magistrados sólo durarán nueve años.
Se estipula que el Poder Ejecutivo postulará a diez candidatos para ministros dentro de la Corte, mientras que el Poder Legislativo postularía cinco por cada Cámara a través de votación calificada de dos tercios de sus integrantes. El Poder Judicial, a través del Pleno de la SCJN, postulará 10 candidatos con mayoría de seis votos.
Para poder llevar a cabo esta elección, el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) debe realizar el escrutinio y cómputo de votos. El Senado se encargará de publicar los resultados a la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación para resolver impugnaciones, calificar el proceso y declarar resultados.
Finalmente también se propone sustituir al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por uno dotado de “independencia y autonomía técnica y de gestión” para emitir resoluciones sin necesidad de la SCJN.