En México, las jornadas laborales que exceden el límite legal son ahora consideradas explotación laboral y pueden ser castigadas con hasta 12 años de prisión, según la nueva reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.
Desde el pasado 7 de junio, las jornadas laborales que superan el límite legal establecido son oficialmente consideradas un delito de explotación laboral en México. Esta nueva normativa, que puede imponer penas de hasta 12 años de prisión y sanciones económicas que van desde los 2 mil hasta los 5 millones de pesos, entró en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La reciente reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, incluyó como delito el hecho de exceder las horas máximas de trabajo permitidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Previamente, la explotación laboral se configuraba únicamente bajo condiciones peligrosas y sin protección, cargas de trabajo desproporcionadas a la remuneración y sueldos inferiores al salario mínimo.
Con esta modificación, se incorpora una nueva dimensión de explotación laboral: jornadas laborales que sobrepasan las 48 horas semanales y las horas extras, las cuales no pueden superar las tres horas diarias ni las nueve horas semanales.
La reforma, aprobada por el Congreso de la Unión, especifica que la explotación laboral por jornadas excesivas se configurará únicamente cuando se vulneren las disposiciones laborales vigentes. Así, el tiempo extraordinario debe ser remunerado con un 100% más del salario correspondiente a las horas ordinarias de trabajo.
Con estas nuevas disposiciones, el mercado laboral enfrenta un reto significativo en la regulación y protección de las jornadas laborales, buscando un equilibrio entre la productividad y el bienestar de los trabajadores.