La exregidora de Puerto Vallarta, Carla Verenice “N”, logró obtener una suspención condicional del proceso por contratar a familiares como asesores. Deberá pagar 20 mil pesos como reparación social y acreditar un diplomado en derechos humanos.
La exregidora del Ayuntamiento de Puerto Vallarta (2021-2024), Carla Verenice “N”, obtuvo la suspensión condicional del proceso que enfrentaba por el delito de ejercicio indebido y abandono del servicio público, luego de ser acusada de contratar a su yerno y a su sobrino como asesores que cobraban sin trabajar.
El beneficio le fue otorgado este jueves en los Juzgados del Octavo Distrito Judicial, con sede en Puerto Vallarta, por el juez de Control y Oralidad, Miguel García Hernández. La resolución se dio tras aprobarse el plan de reparación del daño planteado por la defensa y al no existir oposición por parte del Ayuntamiento, que figuraba como víctima.
Como parte de las condiciones, la exfuncionaria deberá entregar 20 mil pesos al Centro de Apoyo a Niños con Cáncer (CANICA) de Puerto Vallarta, además de residir en su domicilio, abstenerse de acercarse a testigos y concluir un diplomado en derechos humanos avalado por la CNDH o la CEDHJ durante los próximos seis meses.
Respecto al daño al municipio, no se fijó monto alguno debido a que el Ayuntamiento otorgó el perdón legal a la exregidora.
El caso inició en 2022, cuando un ciudadano presentó una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, acusando a la entonces regidora de contratar como asesor al novio de su hija, quien cobraba sin cumplir funciones. Durante las investigaciones también se detectó la contratación irregular de un sobrino.
Carla Verenice “N” fue requerida en varias ocasiones por la autoridad, sin presentarse, lo que derivó en una orden de aprehensión. El 8 de julio de 2025 fue detenida en el Boulevard Francisco Medina Ascencio y llevada ante el juez.
Tras la audiencia inicial del 9 de julio y la vinculación a proceso dictada el 14 de julio, se le imputó únicamente el delito de ejercicio indebido y abandono del servicio público, mientras que el cargo de peculado no fue acreditado por el Ministerio Público.