Menores de edad ya podrán decidir cuál será su primer apellido

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Menores de edad tendrán derecho a opinar y decidir respecto al cambio de sus apellidos, a fin de garantizar que su derecho de identidad no se vea vulnerado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los menores de edad podrán decidir si su primer apellido será el paterno o materno.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que anteponer el apellido del padre al de la madre, atenta contra el derecho a la igualdad y a la no discriminación de la mujer.

Por ello, este organismo resolvió que los menores de edad tendrán derecho a opinar y decidir respecto al cambio de sus apellidos, a fin de garantizar que su derecho de identidad no se vea vulnerado.

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En el mismo documento, la SCJN dispuso que los pagos de alimentos retroactivos, a favor de un menor de edad, deberá ser en cantidad líquida y no en porcentaje. Para ello, los jueces tienen que evaluar las pruebas y considerar diversas cuestiones para establecer una cantidad adecuada, que sea proporcional y no abusiva.

En este sentido, el Juez debe de valorar las pruebas y tomar en cuenta distintas cuestiones que permitan fijar una cantidad adecuada, ya que la cuantificación exige de cierto elementos de convicción y análisis de condiciones particulares.

(…) Además, debe considerarse: si existió o no previo conocimiento previo de su obligación; y, la buena o mala fe del deudor alimentario, para modular el monto retroactivo de la pensión alimenticia de tal forma que sea razonable y no llegue a ser abusivo”

Menores de edad ya podrán decidir cuál será su primer apellido
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