Congreso de Jalisco tipifica la violencia vicaria como delito

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Con 29 votos a favor, el Congreso del Estado de Jalisco aprobó una reforma para tipificar la violencia vicaria como delito en el Código Penal estatal, estableciendo penas de prisión y medidas de protección para mujeres, niñas y niños.

La modificación incorpora un capítulo específico en el Código Penal de Jalisco, donde se reconoce la violencia vicaria como un delito autónomo. Las sanciones contemplan penas de cuatro a ocho años de prisión, además de medidas complementarias como jornadas de trabajo comunitario que no podrán ser conmutadas.

La reforma también prevé que, dependiendo de cada caso, las autoridades judiciales puedan suspender o retirar la patria potestad, priorizando en todo momento el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Asimismo, el dictamen armoniza diversas disposiciones en materia civil para que este tipo de violencia sea considerado por jueces y autoridades al tomar decisiones relacionadas con guarda, custodia, patria potestad y régimen de convivencia, con el objetivo de evitar procesos que puedan revictimizar a las personas afectadas o perpetuar situaciones de riesgo.

La legislación establece que la violencia vicaria ocurre cuando una pareja o expareja ejerce agresiones indirectas contra una mujer a través de terceros, especialmente hijas e hijos, con la intención de causarle daño psicológico, emocional o físico.

Entre las conductas que pueden configurar este delito se incluyen amenazas, sustracción o retención de menores, manipulación de procesos judiciales relacionados con custodia o convivencia, así como otras acciones dirigidas a afectar a la mujer mediante sus hijos.

 

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